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JCE prohíbe retención de fondos que reciben partidos

PARA ADMTIR EMBARGOS SE NECESITA UN AUTO DE JUEZ COMPETENTE.

El pleno de la Junta Central Electoral decidió ayer que a ningún partido político le sean congelados o retenidos los fondos que reciben por concepto de la ley de financiamiento a las organizaciones políticas por parte del Estado, a solicitud de terceros mediante embargos u oposición, si estas acciones no están sustentadas en un acto auténtico o en un auto emitido por un juez competente.
La decisión fue tomada luego de que acogiera una propuesta del magistrado José Ángel Aquino Rodríguez, miembro titular de la JCE, que tiene el propósito de evitar que los partidos políticos resulten afectados en el desenvolvimiento de sus actividades e impedir así que se obstruya el ejercicio de sus derechos civiles y políticos de que son acreedoras esas instituciones y los ciudadanos que las dirigen.
La decisión fue tomada durante un pleno que se extendió por más de seis horas, sobre la cual existían una gran expectativa de solución al conflicto sobre de la renuncia del administrador de Informática de esa institución, Miguel Ángel García.
Para tomar la decisión el ple no se basó en lo consignado en la ley 275-97 y en lo que establece la ley promulgada recientemente que prohíbe el embargo de los fondos públicos.
Respecto al proyecto de ley de Reforma a la Ley Electoral, el Pleno de la JCE aprobó la metodología para la discusión del mismo.
Convocatoria
El presidente de la JCE convocó para el próximo jueves 24 del presente mes para una nueva sesión del pleno donde discutirán y aprobarán el texto completo del proyecto referido, para fines de remisión al Congreso Nacional.

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