Santo Domingo, República Dominicana.- El diputado
Ángel Ramírez Taveras anunció este lunes que introducirá ante el
Congreso Nacional el anteproyecto de ley que procura regularizar la
compra y venta de repuestos y/o accesorios usados de vehículos de motor a
través de los establecimientos del ramo.
La pieza legislativa indica que el Instituto Nacional de Protección
de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) será la entidad
encargada de velar por la aplicación de la presente ley, para tales
efectos trabajará en coordinación con la Procuraduría General de la
República, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la
Dirección General de Aduanas (DGA).
De acuerdo a la legislación, la violación a la ley será sancionada de
seis meses a dos años de prisión o con una multa de un mínimo de 5
veces el salario mínimo público y un máximo de 20 veces el salario
mínimo del sector público.
En conferencia de prensa, Ramírez explicó que la legislación en uno
de sus artículos establece que las personas físicas o jurídicas,
titulares o responsables de comercios dedicadas a la compra y/o venta de
partes y piezas usadas de vehículos de motor en todas sus modalidades,
le queda prohibido esta actividad comercial, si no está sustentado con
factura de adquisición o la liquidación de Aduanas que certifique que
dichas piezas fueron importadas y que el referido establecimiento
comercial posee la licencia correspondiente.
Informó que el proyecto establece, además, que “todo ciudadano podrá
solicitar ante Pro Consumidor la inspección de cualquier establecimiento
de ventas de vehículos y motocicletas usadas cuando exista sospecha de
que en el lugar se encuentran partes o piezas de un vehículo o
motocicleta que le haya sido sustraído.
La pieza legislativa señala que el propietario o los empleados del
establecimiento comercial están en la obligación de dar la información
solicitada, en caso contrario, Pro Consumidor podrá hacerse acompañar,
para el cumplimiento de esta Ley, de la presencia de la Policía Nacional
y del Procurador Fiscal.
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