La magistrada francomacorisana Delfina Amparo De León de Chang, es
desde el primero de mayo del presente año la presidenta del Tribunal.
Superior Administrativo, el único que existe y tiene jurisdicción
nacional, lo que constituye una distinción y ascenso en la carrera de
esta meritoria servidora de la justicia dominicana.
Amparito, como le llaman sus familiares y amigos más cercanos,
laboró durante 30 años como juez en la jurisdicción de San Francisco de
Macorís.
En 1992 fue designada jueza de la Primera Cámara Penal, en 1998 fue
promovida a segunda sustituta de presidente de la Corte de Apelación
Penal y en el 2007 fue nombrada presidenta del mismo tribunal hasta su
designación el primero de mayo de 2012 como presidenta del Tribunal
Superior Administrativo con sede en Santo Domingo y con jurisdicción
nacional.
En una entrevista que publicó EL JUDICIAL, órgano informativo del
Consejo del Poder Judicial, De León de Chang expresa que “me siento muy
bien en esta nueva posición, para mi es un nuevo comienzo y un reto”.
Explica que “pedí traslado para el Distrito Nacional a los miembros
del Consejo del Poder Judicial, quienes previa valoración entendieron
que yo podía ocupar la presidencia del Tribunal Superior Administrativo.
La magistrada Delfina Amparo sustituye en esas funciones a la
magistrada Sara Henríquez Marín quien fue ascendida a la Tercera Sala de
la Suprema Corte de Justicia.
Estructura del Tribunal Superior Administrativo Es
un Tribunal de Jurisdicción Nacional, pues es el único que existe en el
país. Forma parte de los tribunales especializados que establece la
Constitución en sus artículos 164 y 165. Está conformado por un Juez
Presidente, y por dos salas con 3 jueces cada una.
Sus funciones principales son: 1- Conocer de los conflictos que
puedan surgir entre los particulares y las diversas instituciones de la
Administración Pública del Estado y los funcionarios que las componen;
2- Conocer de los recursos contra las decisiones en asuntos
administrativos, tributarios y financieros del país; 3- Conocer los
procedimientos relativos a la expropiación forzosa por causa de utilidad
pública o interés social; 4-Conocer de los recursos interpuesto por los
Servidores Públicos sujetos a al Ley 14-91 sobre Servicio Civil y
Carrera Administrativa; 5-Conocer los Recursos de Amparo contra los
Actos de la Administración Pública y tributaria violatorios de los
derechos fundamentales de los ciudadanos; 6- Conocer de los Recursos de
Revisión.
Las Atribuciones del Presidente del Tribunal además de las anteriores
son: 1-Instruir los procesos en la fase administrativa; 2-Otorgar
prórroga a las partes para producir escritos; 3-Conocer y fallar las
solicitudes de las medidas cautelares.
Via El Jaya
0 Comentarios