EN ESE CASO FUE SENTENCIADO EL NARCOTRAFICANTE ROLANDO FLORIAN FELIZ, QUIEN FALLECIÓ EN PRISIÓN
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Florian Felix implicado del caso |
El juez de la Ejecución de las Penas de San Cristóbal dispuso la prisión
domiciliara a la reclusa Priscila Díaz Infante, sentenciada a 30 años
de prisión por el secuestro y posterior asesinato de Víctor Augusto
Féliz Matos en septiembre de 2002, por el encargo del “fallecido”
Rolando Florián Féliz, quien cumplía condena por narcotráfico.
El juez Willy de Jesús Núñez Mejía dispuso que la interna siga cumpliendo su condena en su residencia del sector El Almirante, del municipio de Santo Domingo Este, a fin de que pueda ser tratada adecuadamente de sus problemas de salud, ya que está paralítica en silla de ruedas, y que anualmente le fuera remitido un informe médico con relación a su evolución.
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La víctima era hijo del ex senador reformista por Barahona, César Augusto Féliz Matos.
En el tribunal Díaz Infante declaró “en cuanto a mi persona ya yo no soy, ni seré la persona que era, mi vida está en peligro, en situaciones cuando se presentó el terremoto yo me quedé en mi cama, y todo el mundo se fue, cuando se presentó un incendio en el centro no pude hacer nada, yo quiero mi vida”.
El magistrado tomó la decisión, tras acoger una solicitud de cumplimiento especial de la pena, incoada por la reclusa, a través de su abogada Hilaria Fernández, por entender que obligar a la interna continuar cumpliendo con su condena en la cárcel sería un acto de desconocimiento de los verdaderos lineamientos y principios del juez de la ejecución de la pena.
En torno al caso, el Procurador Adjunto de la Corte de Apelación de San Cristóbal, Faustino Pulinario Romero, no opuso objeción a que le fuera cambiada la modalidad de la prisión carcelaria por domiciliaria a la interna, por considerar que el hecho de estar en prisión podría agravar su estado de salud.
Mientras que la abogada Alina Mercedes Lendof, parte civil constituida, tampoco puso objeción a al cambio de modalidad de la prisión, para que esta pueda cumplir con sus ejercicios y terapia.
El juez en su sentencia alega que la condiciones en las que se encuentra recluida la interna no son propias para que pueda llevar adecuadamente el tratamiento que necesita con motivo de la diversas enfermedad que padece comprobadas a través de los estudios practicados por los doctores que la trató.
Díaz infante, fue condenada a 30 años de prisión por el juez de la Tercera Sala Penal del Distrito Nacional, Víctor Martínez, quien además sentenció a esa pena a los policías Eliseo González, Luis Alberto Valenzuela, Juan José Bautista y Daniel Guillén. La sentencia fue confirmada por la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia.
En torno al caso, Ivelisse Balbuena fue condenada a tres años, en tanto Yudelka Díaz Aquino, Ramona Carrasco de Cabrera y Leo Malvin Ferreras Florián fueron descargados por insuficiencia de pruebas.
El juez Willy de Jesús Núñez Mejía dispuso que la interna siga cumpliendo su condena en su residencia del sector El Almirante, del municipio de Santo Domingo Este, a fin de que pueda ser tratada adecuadamente de sus problemas de salud, ya que está paralítica en silla de ruedas, y que anualmente le fuera remitido un informe médico con relación a su evolución.
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La víctima era hijo del ex senador reformista por Barahona, César Augusto Féliz Matos.
En el tribunal Díaz Infante declaró “en cuanto a mi persona ya yo no soy, ni seré la persona que era, mi vida está en peligro, en situaciones cuando se presentó el terremoto yo me quedé en mi cama, y todo el mundo se fue, cuando se presentó un incendio en el centro no pude hacer nada, yo quiero mi vida”.
El magistrado tomó la decisión, tras acoger una solicitud de cumplimiento especial de la pena, incoada por la reclusa, a través de su abogada Hilaria Fernández, por entender que obligar a la interna continuar cumpliendo con su condena en la cárcel sería un acto de desconocimiento de los verdaderos lineamientos y principios del juez de la ejecución de la pena.
En torno al caso, el Procurador Adjunto de la Corte de Apelación de San Cristóbal, Faustino Pulinario Romero, no opuso objeción a que le fuera cambiada la modalidad de la prisión carcelaria por domiciliaria a la interna, por considerar que el hecho de estar en prisión podría agravar su estado de salud.
Mientras que la abogada Alina Mercedes Lendof, parte civil constituida, tampoco puso objeción a al cambio de modalidad de la prisión, para que esta pueda cumplir con sus ejercicios y terapia.
El juez en su sentencia alega que la condiciones en las que se encuentra recluida la interna no son propias para que pueda llevar adecuadamente el tratamiento que necesita con motivo de la diversas enfermedad que padece comprobadas a través de los estudios practicados por los doctores que la trató.
Díaz infante, fue condenada a 30 años de prisión por el juez de la Tercera Sala Penal del Distrito Nacional, Víctor Martínez, quien además sentenció a esa pena a los policías Eliseo González, Luis Alberto Valenzuela, Juan José Bautista y Daniel Guillén. La sentencia fue confirmada por la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia.
En torno al caso, Ivelisse Balbuena fue condenada a tres años, en tanto Yudelka Díaz Aquino, Ramona Carrasco de Cabrera y Leo Malvin Ferreras Florián fueron descargados por insuficiencia de pruebas.
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