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El documento de alquileres aprobado por la comisión especial de la cámara baja establece que queda prohibido como condición para el alquiler de viviendas que se exija como condición "la de no ser o ser extranjero o establecer discriminaciones relativas a la etnia, credo, condición social u otras formas de discriminación".
Asimismo queda prohibido anunciar o advertir en cualquier publicidad estos indicativos.
El informe señala también que "en todo contrato de alquiler se presume estipulado un pago adelantado como depósito equivalente al monto mínimo de una mensualidad del alquiler contratado", según indica el artículo diez, párrafo único, del informe favorable con modificaciones rendido por la Comisión Especial de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios de la Cámara de Diputados sobre el Proyecto de Ley General de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios de la República Dominicana.
Hasta ahora, en el país, quien va a alquilar un inmueble, generalmente, debe tener a mano dos depósitos más un pago de la mensualidad por adelantado.
"En todo contrato de alquiler se presume estipulado un pago adelantado como depósito equivalente al monto mínimo de una mensualidad del alquiler contratado", establece el citado párrafo único.
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